El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) está regulado en los artículos 92 a 99 del texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y concretado en las ordenanzas de cada ayuntamiento.
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