Si ha de actuar en representación de otro interesado o por autorización, primero se ha de identificar con su identificador o certificado digital (personal o de representante). Después el sistema le preguntará los datos del interesado y deberá adjuntar el documento que acredite la representación o autorización para el trámite. El documento de autorización se puede firmar digitalmente o bien en papel y escanearlo.
Volver arribaConsulte la ayuda del soporte de usuarios de la AOC.
Compruebe que su certificado funciona correctamente en la página de validación de la AOC.
Si el certificado funciona pero no consigue autenticarse, puede abrir una petición de ayuda en la AOC.
En caso de persona física también puede obtener al momento un identificador IdCAT móvil gracias a su certificado digital en https://idcatmobil.seu.cat/ (Alta con certificado digital). Entonces identifíquese con su nuevo IdCAT móvil.
Es posible que haya accedido a Enotum desde un enlace genérico de Google. Debe hacerlo con los enlaces que tiene en el correo de aviso o a través de la dirección http://orgt.cat/notificaciones que le llevará directamente al espacio de notificaciones del ORGT.
Si aun así no encuentra la notificación, hay diversas situaciones que ha de considerar:
Primero compruebe si en la parte superior de la pantalla aparece el mensaje “Tiene entradas sin abrir en otros organismos” y en este caso pulse el enlace y compruebe si se trata de notificaciones del ORGT.
En segundo lugar, si ha entrado con un certificado digital de representante, localice en la parte superior los botones correspondientes a Particular y Empresa para poder buscar la notificación en las dos carpetas.
En tercer lugar, si ha designado un representante para recibir sus comunicaciones electrónicas, tenga en cuenta que sólo se enviarán a su espacio de notificaciones. Dé de baja esta designación si desea acceder a futuras notificaciones con certificado digital de la persona jurídica o si éste representa también a otras personas, porque recibirá en su espacio de notificaciones las de todos sus representados sin distinción. Puede hacerlo en http://orgt.cat/notificaciones.
Finalmente asegúrese de que en “Sistema de acceso” (menú de la izquierda) tiene marcado “Contraseña” aunque haya entrado con certificado digital. Si tiene marcado “Solo con certificado digital” puede ser que no se muestren todas sus notificaciones electrónicas.
El Consorcio AOC ofrece esta ayuda sobre el portal Enotum para la recogida de notificaciones y comunicaciones electrónicas. Volver arribaCompruebe si hay un símbolo de candado, lo que significa que debe acceder con certificado digital.
Cuando una persona jurídica no ha comunicado medios de aviso al ORGT, verá todas sus notificaciones con este símbolo y solo podrá acceder con certificado digital. Puede comunicar los medios de aviso en la dirección http://orgt.cat/notificaciones
Volver arribaSi el mensaje indica que se requiere un registro presencial o certificado electrónico significa que obtuvo su identificador Clave de forma no presencial y no tiene el nivel requerido por los trámites del ORGT. Para aumentar el nivel tiene dos opciones:
Si ha recibido el aviso de la notificación por correo electrónico, compruebe si le ha llegado redirigida de otra dirección de correo electrónico en la que tiene activada una redirección. Le recomendamos que acceda con certificado digital. Si quiere entrar con palabra de paso de un solo uso, indique el correo electrónico que dio de alta para la recepción de los avisos. El Consorcio AOC ofrece esta ayuda sobre el portal Enotum para la recogida de notificaciones y comunicaciones electrónicas.
Volver arribaEsto pasa cuando ha comunicado medios de aviso al ORGT para las notificaciones del procedimiento tributario y también está apuntado a la DEV para las notificaciones del procedimiento sancionador de multas, pero los medios de aviso son diferentes. Hay personas jurídicas que les interesa comunicar medios diferentes ya que tienen departamentos específicos para gestionar cada tema, pero si este no es su caso, le recomendamos que comunique los mismos medios tanto en la DGT (Dirección General de Tráfico) como en el ORGT.
Volver arribaPregunte a su proveedor de correo electrónico cual es el mejor sistema en su caso. En general se opta por crear una lista de distribución que incluya las diferentes direcciones de correo donde quiere recibir los avisos.
Volver arribaLe aconsejamos que pruebe estas direcciones directas:
Descripción | Acceso directo |
---|---|
Red de oficinas | http://orgt.cat/oficinas |
Consultar la normativa | http://orgt.cat/normas |
Consultar el calendario fiscal | http://orgt.cat/calendario |
Apuntarse a la notificación electrónica | http://orgt.cat/notificaciones |
Apuntarse al sistema de alertas | http://orgt.cat/alertas |
Aportación de documentos y Respuesta a requerimientos | http://orgt.cat/requerimiento |
IIVTNU (Plusvalía) | http://orgt.cat/incremento |
Identificar el conductor de una multa | http://orgt.cat/cambioconductor |
Ver la fotografía de una multa | http://orgt.cat/verfoto |
Consultar el detalle de los recibos domiciliados | http://orgt.cat/ver-recibo |
Pagar con el aviso de pago | http://orgt.cat/pagos |
Pagar tributos sin el aviso de pago | http://orgt.cat/pagartributos |
Pagar multas sin el aviso de pago | http://orgt.cat/pagarmultas |
Presentar una instancia | http://orgt.cat/registro |
Domiciliar | http://orgt.cat/domiciliaciones |
Pedir cita previa | http://orgt.cat/citas |
Información sobre embargos | http://orgt.cat/embargos |
Descarga de impresos | http://orgt.cat/formularios |
Información al contribuyente | http://orgt.cat/consultas |
Información sobre multas | http://orgt.cat/multas |
Trámites y pagos | http://orgt.cat/gestiones |
Resolver dudas sobre tributos y multas | http://orgt.cat/dudas |
Buzón de recibos | http://orgt.cat/recibo |
Ayuda | http://orgt.cat/ayuda |
Consulte la lista completa de todos los trámites
Puede consultar los manuales de ayuda si tiene dudas para acceder o realizar cualquier trámite de la Sede Electrónica del ORGT.
Volver arribaSi quiere que le ayudemos por teléfono, rellene el formulario Quiero que me llamen Si lo prefiere, puede exponer el problema en el formulario Quiero respuesta por correo electrónico.
Nota: El personal que atiende estas peticiones no tiene acceso a sus datos personales y, por lo tanto no se responderán ni tramitarán consultas tributarias relativas a sus deudas, ya que se han de efectuar por registro electrónico.
Volver arribaEn primer lugar compruebe que su documento está vigente y está en plazo de pago. En caso contrario, puede descargar un nuevo documento para pagar en http://orgt.cat/pagos
Si su tarjeta está vigente y no ha superado los límites de importes establecidos, reinicie su ordenador, o el teléfono móvil si está pagando desde el teléfono, y vuelva a intentar el pago en la web del ORGT.
Si no lo consigue, le pedimos que intente efectuar el pago en la web del prestador del servicio de la Caixa del ORGT, con la misma tarjeta con la que está teniendo dificultades:
https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es.html
Si tampoco puede pagar, probablemente tenga alguna explicación relacionada con las características de su tarjeta. Los límites de gasto o los factores de seguridad que piden las entidades bancarias y que han estado modificados recientemente por la normativa.
Si lo desea, nos puede informar del resultado rellenando el formulario de Ayuda indicando la referencia bancaria del pago pero nunca el número de la tarjeta bancaria.
Volver arribaLos pagos efectuados en entidades colaboradoras (por ventanilla o banca online) pueden tardar hasta 48 horas en aparecer en la página de Tributos Pagados o Multas Pagadas. Los pagos hechos por la misma web del ORGT aparecerán pagados al día siguiente de efectuado el pago con tarjeta.
Una vez la deuda aparece como pagada, podrá obtener un justificante de pago.
Si pasados estos plazos, su deuda aún figura pendiente, tiene que presentar un escrito de reclamación en http://orgt.cat/registro
Volver arribaSi lo necesita puede descargar gratuitamente programas para leer documentos word y pdf
Volver arribaPuede reducir la medida de un documento mediante alguna de las soluciones siguientes:
Muchos contribuyentes tributan por más de un municipio, pero si desea guardar un enlace directo personalizado con el nombre del municipio donde tributa puede hacerlo añadiendo "?cdclie=nnn" a la dirección principal, donde nnn es el código de tres números de su municipio según codificación de la AEAT. Por ejemplo, para Abrera la versión en castellano sería https://orgt.diba.cat/es?cdclie=001
Volver arribaEl sistema operativo de su ordenador o tableta lleva incorporados de origen los certificados raíz de muchas autoridades de certificación digital. Este error aparece cuando no se han incorporado todavía las claves públicas de la Agencia Catalana de Certificación, en las que se basa el certificado de la sede electrónica del ORGT. Véase cómo instalar las claves públicas y verificar la sede electrónica.
Volver arribaPara hacer trámites en esta web, es necesario tener instaladas las claves públicas de la Agencia Catalana de Certificación:
Clave de la entidad certificadora CATCert
Clave de la entidad de certificación Sector Públic
Tiene que abrirlas desde la herramienta de mail propia del iPhone i las tiene que instalar. Después acceda desde su iPhone a "Ajustes > General > Información > Ajustes de confianza de los certificados". En "Activar confianza total en los certificados raíz", tiene que activar la opción para confiar en los certificados.
Volver arribaLa Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece el uso obligatorio de los medios electrónicos para todas las personas jurídicas en sus relaciones con la Administración. En esta sede encontrará todos los trámites que puede efectuar electrónicamente y podrá consultar mucha información sobre sus obligaciones tributarias con los ayuntamientos.
Si necesita ayuda para hacer un trámite en la web, consulte la pregunta sobre incidencias tecnológicas
Volver arribaEl ORGT ha diseñado todos los trámites para que le sean cómodos y rápidos de utilizar. Aun así, puede resolver algunos trámites por teléfono llamando al número 93 202 98 02 de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 (lunes y miercoles de 15:00 a 17:00).
Si necesita ayuda para hacer un trámite en la web, consulte la pregunta sobre incidencias tecnológicas
Volver arribaSi necesita una atención presencial en alguna de las oficinas del ORGT, puede pedir cita previa y así no tendrá que hacer cola. Cuando pida la cita previa, verá la lista de las oficinas donde podrá resolver su trámite en función del tema concreto a tratar. El sistema también verificará si puede hacer su gestión en la oficina del ORGT o, por el contrario, debe dirigirse al Ayuntamiento porque se trata de un procedimiento que no ha sido delegado en la Diputación de Barcelona.
Volver arribaEstas respuestas de ayuda le pueden ser útiles antes de redactar su queja o sugerencia. Para presentarla necesitará un identificador digital. Si dispone de tarjeta sanitaria individual del CatSalut, puede obtener al momento un identificador idCAT Mòbil.
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